Asesoramiento integral (técnico, económico y jurídico)
Asesoramiento integral (técnico, económico y jurídico)
Mejora de la accesibilidad en todo tipo de espacios
Mejora de la accesibilidad en todo tipo de espacios

Para las personas mayores o con necesidades especiales de movilidad

Orientación y ayuda jurídica en accesibilidad y dependencia

“...promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos “

(Convención de Nueva York, 13 diciembre de 2006)

Asesoramiento

Te ayudamos a resolver tus dudas en relación a la Dependencia personal y la Accesibilidad.

Prevención y estabilidad

Procuramos medidas que te permitan una regular tu futuro con tranquilidad y seguridad.

Mediación familiar

El método alternativo para evitar conflictos o defender tu derecho a vivir en tu casa.

Asesoramiento en dependencia

Cuando se habla de una persona dependiente nos referimos a la capacidad para realizar actos básicos de la vida diaria.

 

La normativa actual de dependencia distingue los siguientes grados de dependencia:

  • GRADO I: Dependencia Moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
  • GRADO II: Dependencia Severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un/a cuidador/a o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
  • GRADO III: Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.

Nota: A partir de la regulación de 2012 se mantienen grados pero sin distinguir niveles

Prestaciones por dependencia:

Prestación económica de asistencia personal: La finalidad es permitir contratar asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida mas autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria.

  • Servicio de ayuda a domicilio
  • Servicio de Centro de Día y de Noche
  • Servicio de Atención residencial
  • Servicio de Tele-asistencia
  • Viviendas tuteladas.

Nuestros servicios se centran en la gestión de solicitud de dependencia así como la formulación de recursos contra la denegación.

Accesibilidad en el hogar

Si la vivienda es de propiedad basta con tener permiso para realizar las obras y que las mismas no afecten a la estructura del edificio.

 

Si la vivienda es de alquiler y el arrendatario precisa adecuar la misma para que sea accesible, es preciso recabar consentimiento del arrendador y examinar en qué términos está redactado el contrato de arrendamiento para ver si las mismas se pueden llevar a cabo o no.

Comunidades de propietarios

Cuando se trata de mejorar la accesibilidad (p.e. instalación de una rampa, un ascensor, una barandilla, etc) de un edificio en régimen de propiedad horizontal es preciso someter a la Junta General de la Comunidad de Propietarios la solicitud para su aprobación, pero basta la mayoría simple, aunque impliquen cambios estructurales, o los estatutos.

 

En ocasiones si el importe de los trabajos para mejorar la accesibilidad es elevado, puede ocurrir que no se adopte el acuerdo y que el acceso o la movilidad en la finca quede sin resolver. Esto acaba afectando a las personas mayores o con necesidades de movilidad.

 

Pues bien, la legislación ya prevé un modo de actuación para solucionar este problema.

 

Nuestros servicios:

  • Interposición de demanda judicial reclamando la supresión de barreras arquitectónicas
  • Interposición de demanda judicial reclamando el pago de los gastos de emjora de la accesibilidad.
  • Mediación para solucionar el confilcto.

Regulación de tu futuro

Nuestros servicios se centran en prestar asesoramiento en:

  • Otorgamiento de Poderes públicos
  • Constitución de Auto-tutela
  • Documento de Voluntades Anticipadas
  • Designación de Asistente
  • Otorgación de testamento
  • La tutela
  • La curatela

Medidas de prevención económica

Nuestros servicios incluyen procurar medidas como las siguientes:

  • Obtención de una renta vitalicia.
  • Hipoteca inversa: Mediante esta figura se puede obtener una renta vitalicia sin perder la vivienda. Se trata de un préstamo o crédito garantizado mediante hipoteca sobre un bien inmueble que constituye vivienda habitual del solicitante, y además deben cumplirse los siguientes requisitos:
    • El solicitante o beneficiario ha de tener 65 años ó más, o estar afectado por dependencia severa o gran dependencia.
    • El deudor ha de disponer del importe del préstamo o crédito en disposiciones periódicas o única.
    • La deuda es exigible.
  • Contrato de alimentos
  • Constitución de un patrimonio protegido del discapacitado: El patrimonio que se constituye tiene por finalidad atender las necesidades de su beneficiario, que en cualquier caso ha de ser una persona con una persona con una minusvalía psíquica igual o superior al 33% o con una minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%.
  • Seguro de dependencia: El riesgo que se asegura es la aparición de la situación de dependencia o la falta de autonomía personal.
  • Contrato de vitalicio

Mediación familiar

La mediación familiar es un método alternativo de resolución de conflictos. Para ello las partes afectadas por el conflicto deben tomar una actitud de responsabilidad y participativa para solucionarlo con la intervención de una tercera persona imparcial que es el mediador.

 

Con la mediación los interesados se involucran más en solucionar las diferencias que puedan existir, y la finalidad es reducir las consecuencias derivadas de problemas, evitando así que las relaciones personales se vean alteradas en el menor grado posible por el bien de los los menores así como de los propios interesados.

 

Nuestros servicios se centran en asesorarte en el:

  • Derecho de los mayores a vivir en su casa
  • Derecho de los abuelos a relacionarse con sus nietos: En los casos en los que los hijos se separan o divorcian o fallece uno de los progenitores, y como consecuencia la relación con los nietos se ve obstaculizada o interrumpida
  • En el cuidado de personas ancianas o discapacitadas: Cuando no existe acuerdo entre los hijos sobre cómo atender a los padres, ancianos o discapacitados.
  • En problemas de herencias.

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