Cuando se trata de mejorar la accesibilidad (p.e. instalación de una rampa, un ascensor, una barandilla, etc) de un edificio en régimen de propiedad horizontal es preciso someter
a la Junta General de la Comunidad de Propietarios la solicitud para su aprobación, pero basta la mayoría simple, aunque impliquen cambios estructurales, o los estatutos.
En ocasiones si el importe de los trabajos para mejorar la accesibilidad es elevado, puede ocurrir que no se adopte el acuerdo y que el acceso o la movilidad en la finca quede sin resolver.
Esto acaba afectando a las personas mayores o con necesidades de movilidad.
Pues bien, la legislación ya prevé un modo de actuación para solucionar este problema.
Nuestros servicios:
- Interposición de demanda judicial reclamando la supresión de barreras arquitectónicas
- Interposición de demanda judicial reclamando el pago de los gastos de emjora de la accesibilidad.
- Mediación para solucionar el confilcto.